Cáncer de Mama y Conducción
Las pacientes que están en tratamiento activo con quimioterapia pueden ver alterada su capacidad para la conducción bien sea por los efectos secundarios de ésta (nauseas, hipotensión, mareos, etc.) o por ciertos medicamentos que afectan negativamente a la capacidad de conducción (antihistamínicos, benzodiacepinas opioides, etc.), no deben conducir.
Las personas que padezcan o hayan padecido un cáncer podrán obtener o prorrogar su permiso de conducir siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
- Ausencia de procesos oncológicos que por su sintomatología o tratamiento produzcan pérdida o disminución grave de las capacidades sensitivas, cognitivas o motoras que incidan en la conducción.
- Ausencia de enfermedad cerebral (metástasis cerebrales, carcinomatosis meníngea)
- Ausencia de neuropatía periférica de grado 2 o superior.
- En los casos sin evidencia de enfermedad actual y que no estén recibiendo tratamiento activo, el período de vigencia será como máximo de cinco años.
Algunos fármacos, como el Tamoxifeno, pueden dar resultados positivos en las pruebas de drogas