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Cáncer de Mama y Conducción

Las pacientes que están en tratamiento activo con quimioterapia pueden ver alterada su capacidad para la conducción bien sea por los efectos secundarios de ésta (nauseas, hipotensión, mareos, etc.) o por ciertos medicamentos que afectan negativamente a la capacidad de conducción (antihistamínicos, benzodiacepinas opioides, etc.), no deben conducir.

Las personas que padezcan o hayan padecido un cáncer podrán obtener o prorrogar su permiso de conducir siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

  • Ausencia de procesos oncológicos que por su sintomatología o tratamiento produzcan pérdida o disminución grave de las capacidades sensitivas, cognitivas o motoras que incidan en la conducción.
  • Ausencia de enfermedad cerebral (metástasis cerebrales, carcinomatosis meníngea)
  • Ausencia de neuropatía periférica de grado 2 o superior.
  • En los casos sin evidencia de enfermedad actual y que no estén recibiendo tratamiento activo, el período de vigencia será como máximo de cinco años. 

Algunos fármacos, como el Tamoxifeno,  pueden dar resultados positivos en las pruebas de drogas